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Enrich y Luna condenados por el vídeo sexual; Eddy Silvestre absuelto

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Martes, 19 de Enero de 2021

La Fiscalía y la acusación particular, que ejercía la víctima, reclamaron cinco años de cárcel para Enrich y Luna, mientras que Silvestre se enfrentaba a una petición de dos años de condena por parte del Ministerio Público y de tres por la representación legal de la chica.

En sentencia a la que ha tenido acceso IUSPORT, el Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián ha condenado a dos años de prisión a los entonces jugadores del Eibar Enrich (que sigue en el equipo armero) y Luna, hoy en el Girona, por la difusión del polémico vídeo de contenido sexual.

 

Se les condena por un delito de descubrimiento y revelación de secretos que afecta a datos de carácter personal que revelan vida sexual, con la concurrencia en ambos de la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, a la pena, a cada uno de ellos de dos años de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo

 

Silvestre absuelto

[Img #129282]La misma sentencia ha absuelto al también exarmero Eddy Silvestre, representado por el prestigioso jurista Emilio Cortés, catedrático de derecho penal.

 

Silvestre, hoy en las filas del Albacete, estaba acusado de la difusión del vídeo tras recibirlo de los otros dos encausados, acusación que no se probó en el juicio.

 

La sentencia subraya que en su primera declaración ante el Juzgado de Instrucción, en febrero de 2017, unos cuatro meses después de que el vídeo se convirtiera en viral, ni Enrich ni Luna hacen referencia alguna a Silvestre y que sólo lo hacen meses después, en una segunda comparecencia ante el juez. Del mismo modo, ninguno de los testigos (entre ellos los futbolistas Pedro León y Dani García) afirmó que fuera Silvestre quien les hizo llegar el vídeo, que sí aseguraron haber recibido.

 

"De las consideraciones efectuadas no cabe por menos que concluir que las declaraciones de los acusados Sergi Enrich y Antonio Manuel Luna carecen de la suficiencia exigible a los efectos de otorgarles la capacidad necesaria para destruir la presunción de inocencia que asiste a Eddy Silvestre Pascual Israfilov en su condición de acusado. Así que ante la ausencia de más pruebas a valorar debe dictarse para el mismo sentencia absolutoria con declaración de oficio de la tercera parte de las costas causadas en esta instancia", razona la sentencia.

 

La acusación 

La Fiscalía y la acusación particular, que ejercía la víctima, reclamaron cinco años de cárcel para Enrich y Luna, mientras que Silvestre se enfrentaba a una petición de dos años de condena por parte del Ministerio Público y de tres por la representación legal de la chica.

Se trata de delitos contra el derecho a la intimidad, referidos al descubrimiento y revelación de secretos de carácter personal de la vida sexual de la víctima.

Las acusaciones distinguían en este caso dos presuntas conductas delictivas: una de ellas consistente en la grabación de las imágenes sin el consentimiento de la víctima y otra en su difusión hasta convertir el video en viral.

Los procesados Sergi Enrich y Antonio Luna fueron imputados por ambos presuntos delitos, mientras que Silvestre, que ha resultado absuelto de la mano del letrado Emilio Cortés, solamente por el segundo.

 

El vídeo 

El vídeo, en el que Enrich y Luna aparecen manteniendo relaciones sexuales con una chica que pide no ser grabada cuando se percata de que el acto está siendo registrado, fue difundido ampliamente a través de las redes sociales en octubre de 2016.

La víctima presentó entonces una denuncia por estos hechos y los futbolistas Enrich y Luna pidieron disculpas por lo sucedido a través de la cuenta personal de Twitter del primero.

Ambos lamentaron "profundamente" que una "indiscreción" de la que aseguraron no ser responsables supusiera que las imágenes salieran a la luz "sin su conocimiento ni mucho menos su consentimiento".


Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Guipuzcoa.

 

El Fallo de la sentencia 

A continuación transcribimos el texto sel FALLO de la sentencia, previa la debida anonimización:


"PRIMERO.- Que debo condenar y condeno a SERGI ENRICH ... y a ANTONIO MANUEL LUNA  .. como autores de un delito de descubrimiento y revelación de secretos que afecta a datos de carácter personal que revelan vida sexual, con la concurrencia en ambos de la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, a la pena, a cada uno de ellos de dos años de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.


Los citados condenados abonarán por iguales partes las dos terceras partes de las costas causadas en esta instancia, e indemnizarán conjunta y solidariamente a [la victima] en la cantidad de 100.000 euros a no ser que ya haya sido indemnizada mediante la entrega a la misma de los ingresos efectuados por los condenados. También deberá hacerse entrega a [la victima]  de la cantidad de 10.000 euros de más que han sido ingresados por los condenados a no ser que dicha entrega ya se haya efectuado..-


Se acuerda la suspensión de la ejecución de la pena impuesta a los condenados por el plazo de dos años, una vez esta sentencia sea firme.

 

SEGUNDO.- Que debo absolver y absuelvo a EDDY SILVESTRE ... del delito de revelación de secretos que afecta a datos de carácter personal que revelan vida sexual y declaro de oficio la tercera parte de las costas causadas en esta instancia."

 

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