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El Diario Oficial de Extremadura publica el texto de la Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que introduce una modificación de la Ley 15/2015 de Ordenación de las Profesiones del Deporte de Extremadura.
Lo hace en el sentido de incluir una disposición adicional cuarta a la norma con el siguiente texto:
“Disposición adicional cuarta. Acreditación de los grados de formación en competencias y capacitación. Debe entenderse que las previsiones de los artículos 6, 7, 9 a 21, disposición adicional primera y disposiciones transitorias primera, segunda y tercera de la presente ley se refieren a los títulos aludidos en dichos preceptos en cuanto expresan la preparación en competencias y capacidades adecuadas para el ejercicio de las profesiones a las que aluden dichos preceptos. Por lo tanto, esos mismos grados de formación en competencias y capacidades pueden acreditarse tanto mediante los títulos a los que en cada caso alude la Ley como, de igual forma, mediante las otras titulaciones, acreditaciones o certificados de profesionalidad que resulten de las leyes estatales y del resto del ordenamiento jurídico vigente en cada momento”.
La Asamblea de Extremadura cumple de esta forma el acuerdo suscrito en febrero de este año con la Administración Estatal en el seno de la Comisión Bilateral que se creó en torno al estudio de la conformidad con la Constitución de la citada norma.






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