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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Sábado, 20 de Agosto de 2016

Las mini cámaras en las porterías, ¿posible conflicto entre LaLiga y la RFEF?

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El colegiado Mario Melero del Deportivo- Eibar denunció este viernes en el acta arbitral que las cámaras estaban colgadas en las redes de sendas porterías. La normas de la Internacional Board lo prohíben totalmente así como también el Reglamento para la Retransmisión Televisiva de la LFP. Tanto el director de partido de la LFP como el propio club gallego no atendieron a la petición del colegiado de retirarlas de la red.

 

Primera jornada del campeonato liguero y ya tenemos posible “lío” a la vista entre la Federación Española de Fútbol y la Liga de Fútbol Profesional. Lío que tiene que ver con la posición de determinadas cámaras utilizadas para la retransmisión audiovisual en el terreno de juego y que pueden chocar con la normativa de la Internacional Board de la FIFA.

 

Os ponemos en situación. El pasado viernes el colegiado Mario López Melero, arbitro del Deportivo de la Coruña- Eibar, hacía constar lo siguiente en su acta arbitral posterior: “Llegados con la suficiente antelación a la hora del encuentro a las instalaciones deportivas, pudimos observar como en el interior de las porterías, en una de las esquinas de las redes, sujetas a ellas, existía una pequeña cámara. Nos dirigimos al club local para que se subsanase, el cual nos que el director de partido de la LFP no estaba dispuesto a quitarla, siguiendo sus propias instrucciones. Intentamos en vano retirarla a través del club local en varias ocasiones, no siendo posible”.

 

Pues bien este hecho que hizo constar el colegiado puede dar pie a una situación compleja entre la LFP, responsable de la retransmisiones audiovisuales y la RFEF, máxima responsable del control del terreno de juego.

 

Vayamos por partes. Hace unas semanas la Liga de Fútbol Profesional hizo oficial su Reglamento de Retransmisión de Televisión que deben cumplir todos los clubes de Primera y Segunda división. En caso contrario se exponen a sanciones económicas por parte de la patronal. Este Reglamento ya lo explicamos extensamente meses antes de ser oficial.

 

Dentro del mismo se recoge la figura del Director del Partido. Como el propio reglamento recoge se trata de la persona“ que en nombre de la liga harán su seguimiento del cumplimiento de estas normas a lo largo del proceso de preparación y durante toda la temporada”.  Líneas después concreta incluyo diciendo que otras de sus funciones es “supervisar la coordinación operativa de los estadios, supervisando todos los aspectos referidos a la producción, así como velar el cumplimiento de los estándares uniformes que prevé el reglamento.

 

Páginas después, concretamente dentro del apartado 7 de dicho Reglamento de Televisión relativo a las Instalaciones deportivas, se habla de los distintos tipos de cobertura previstos por la Liga en función del partido que se trate. La propia LFP establece cuatro baremos: Producción A, Producción B, Producción C y Producción D para clásicos o partidos extraordinarios. Cada categoría determina el empleo de más o menos cámaras. Pues bien dentro de estos dispositivos se incluye la posibilidad de la utilización de “Mini cámaras” en cada una de las dos porterías.

 

Estaban enganchadas a la red cuando está terminantemente prohibido por la IFAB y la propia LFP

 

Y es a partir de aquí donde el conflicto que, considerando la situación y teniendo en cuenta la normativa, lo normal es que se subsane en las próximas jornadas. Porque volviendo al acta arbitral, lo que Mario Melero denuncia es que estas mini cámaras estaban sujetas a las redes. Es aquí donde está la clave de la anomalía y la vulneración de la normativa. Colocar una cámara en la red de una portería está terminantemente prohibido.

 

Basta con irse a las normas “The la Internacional Football Association Board” (IFAB) de la FIFA y que han sido recientemente actualizadas. En su página 27, concretamente en el apartado 12 de la Publicidad Comercial,  queda bien claro que “está totalmente prohibida la publicidad en las porterías, redes, los banderines de esquina y postes, y en todo equipo ajeno a estos elementos como por ejemplo cámaras, micrófonos etc..”. Luego no hay lugar a dudas que se prohíbe en las redes la posibilidad de colocar cualquier tipo de cámara o micrófono.

 

Lo curioso del caso es que, y volviendo al Reglamento de Retransmisión de Televisión, este mismo se acoge a la normativa y establece que nunca pueden estar colocadas en las redes. Concretamente  dice en cuanto a las minicámaras que “se podrán utilizar en las porterías sujetas de manera que no interfieran con la red”. Lo detalla incluso más: “Se fijarán al cable que conecta la parte posterior de la red a los soportes verticales de las porterías. Nunca serán fijadas a la red ni a los postes ni al larguero. La liga establecerá el sistema técnico de sujeción para que sea uniforme en todos los estadios y permita la adecuada instalación de las minicámaras que se reajustarán tras el calentamiento y durante el descanso por un técnico de la liga”.

 

Analizados todos los elementos parece claro que la denuncia del colegiado del encuentro está totalmente justificada. Tanto por lo que establece la FIFA como lo que está recogido en el Reglamento de la LFP. Llama la atención la negativa del Director del Partido a cambiar o adaptar dichas mini cámaras a la sujeción prevista en el documento elabora por la Liga de Fútbol Profesional. Considerando que estamos hablando de la Primera jornada de liga, lo lógico y normal es que se subsane en las próximas semanas en aquellos campos donde se vuelvan a emplear. De lo contrario si podría dar pie a posible conflicto entre la LFP y la RFEF, aunque parece más una cuestión ocasional atendiendo a la normativa FIFA y de la propia Liga de Fútbol.

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