La RFEF regula el coste y sistema de pago de las tarjetas amarillas y rojas
Hasta ahora una parte la asumían los clubes y otro supuestamente los jugadores que nunca acababan pagando. Desde ahora son los clubes quienes asumen por completo estas cuantías, regulando de una manera más justa tanto las amarillas como las rojas
La semana pasada en escribimos en IUSPORT acerca de cómo se habían incrementado el coste de las tarjetas amarillas y roja en el fútbol profesional, tanto en Primera como en Segunda división. Pero conviene matizar el reajuste que la Federación Española ha llevado a cabo en su artículo 52 del Código Disciplinario.
Hasta ahora, tal y como recogido en el anterior texto del citado artículo, la amonestación de directivos y auxiliares, llevaba consigo para el club que se trate una multa accesoria de 180 euros en los clubes de Primera y 90 en los clubes de Segunda. Cuando se trataba de una tarjeta roja o expulsión, la multa era de 350 euros en los clubes de Primera y 200 en los equipos de la categoría de plata del fútbol español.
Pero además de esta multa económica, el citado artículo recogía en su punto 4 que, con independencia de la multa al club, también se imponía una multa a jugadores, entrenadores y auxiliares “equivalente a sus retribuciones, por todos los conceptos, correspondientes al período de inactividad, computándose, a tal efecto, cada partido de suspensión como una semana”. Dicho de otro, además de la sanción al club, también se imponía una sanción económica al club en función de sus retribuciones o salarios que nunca podía superar los 600 euros. Es decir, en la gran mayoría de casos era de la citada cantidad de 600 euros.
El problema es que lo clubes, lejos de solicitar esta cantidad a los jugadores, acababan siendo ellos mismos quienes asumían esta parte de la multa impuesta al jugador. Nunca repercutía a los jugadores. Dicho de otro modo al final los clubes de Primera solían pagar 780 euros por una tarjeta amarilla y 950 cuando se trataba de una tarjeta roja.
Desde ahora y con este cambio propuesto por la RFEF en su Cógido Disciplinario, se establecen unas cantidades fijas que siempre pagan los clubes, dejan de repercutir de alguna manera en los jugadores. Esto no quita, como recoge el apartado 2 del citado artículo “que el propio club puede repercutir en los interesados las sanciones impuestas”. Pero eso es una decisión que adoptará de forma individual y personal cada club.
Es por eso que a partir de ahora las tarjetas amarillas y rojas, las cantidades que deberán pagar los clubes quedan fijadas de la siguiente manera: “cuantía de 400 euros cuando se trate equipos adscritos a Primera Division, y de 200 euros cuando se trate de equipos adscritos a Segunda”. Cuando se trate de una suspensión conllevará una “multa por importe de 800 euros, cuando se trate de equipos adscritos a Primera y 500 euros cuando se trate Segunda división”.
Luego lejos de parecer un incremento respecto a las cuantías o multas que se venían aplicando, con esta nueva regulación lo que se hace es regular concretamente lo que van a pagar los clubes y, no como hasta ahora, donde entre lo que correspondía a los clubes y las partes de los jugadores que nunca repercutía en estos, las multas eran muy superiores. Porque recurriendo los números anteriores, los clubes de Primera dejaran de pagar unos 380 euros de los 780 que estaban pagando anteriormente cuando por cada tarjeta amarilla a los 400 euros que pagarán desde ahora.
En el caso de las tarjetas rojas, las cuantías se reducen en torno a 150 euros, de los 950 que veían pagando hasta ahora a los 800 que tendrán que abonar desde ahora por cada expulsión. Esta regulación entrará en vigor a partir de la próxima temporada 2016-2017 después de que la Comisión Directiva del CSD lo aprobara hace ahora una semana.


















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