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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Domingo, 05 de Junio de 2016

Las escasas opciones del Barcelona en sus recursos ante la UEFA y el TAS por las esteladas

En el caso del primero, el Comité de Apelación ya desestimó en diciembre pasado el recurso por la sanción anterior de 40000 euros. En el caso del segundo, la resolución del juez español en la pasada final de Copa puede resultar clave

El pasado viernes conocíamos la sanción de 150000 euros que la UEFA ha vuelto a imponer al Fútbol Club Barcelona por la exhibición de esteladas  durante toda la temporada 2015-2016. Como ya habíamos anunciado en nuestro artículo de “Mis asuntos” aquí en IUSPORT, esta sanción se centra especialmente en el duro informe del observador de UEFA elaborado en el Barcelona- Bate Borisov del pasado 3 de noviembre.

 

Como ya adelantamos en su momento, en dicho informe elaborado por uno de los más prestigiosos observadores del máximo organismo del fútbol europeo, dejaba constancia no sólo incumplió la normativa con la presencia de esteladas, pitos, pancartas o pitos al himno de la Liga de Campeones; también incumplieron la normativa que prohíben las manifestaciones políticas en los alrededores de los estadios, además de pitar el himno oficial de la Champion. Además la propia UEFA tenía en su poder vídeos que acreditan que se también en los exteriores se produjeron manifestaciones de tipo político, algo que también está terminantemente prohibido.

 

Pues bien una vez conocida dicha sanción ahora el Barcelona la opción del recurso por la vía deportiva ante el Comité de Apelación de la propia UEFA y, en última instancia, ante el TAS (Tribunal Suizo del Deporte).

 

Pues bien, según hemos sabido en IUSPORT, el equipo azulgrana tiene poco porcentaje de éxito ante las dos instancias deportivas. La explicación es bien sencilla. En el caso del Comité de Apelación, segunda instancia dentro de UEFA tras la Comisión del Disciplina, ya existe un precedente donde ha desestimado los argumentos del equipo azulgrana sobre una sanción por la aparición de las esteladas en el Camp Nou.

 

Fue el pasado 23 de diciembre cuando confirmaba la sanción de 40000 euros que la propia Comisión de Disciplina de UEFA había impuesto al Fútbol Club Barcelona por la aparición de esteladas en el partido entre el equipo azulgrana y el Bayern Leverkusen del pasado 29 de septiembre.

 

Con este precedente tan cercano, parece claro que el recurso que presente el club azulgrana ante Apelación tiene escaso margen, por no decir mínimo de éxito. Más que nada porque, como también venimos exponiendo aquí en IUSPORT, el Código Disciplinario de UEFA es tajante sobre la prohibición del empleo de cualquier simbología política dentro de un estadio. En el punto e del artículo 16 del citado Código queda recogido que será motivo de sanción “el uso de gestos, palabras, objetivos y cualquier otro medio empleado para transmitir cualquier mensaje que no esté relacionado con el deporte, especialmente los mensajes que sean de naturaleza política, ideológica, religiosa etc..”.

 

Puede ser clave la resolución del Juzgado de la Contencioso-administrativo de Madrid

 

Hasta ahora la línea de argumentación del Fútbol Club Barcelona, pese a ser desestimada por Apelación de UEFA, se basaba en que la presencia de esteladas dentro del Estadio del Camp Nou una libre manifestación social de la libertad de expresión, pero nunca política.

 

Pero este argumento, como también ya adelantamos el pasado 21 de mayo, se desmontó de un plumazo con la resolución del Juzgado de la Contencioso Administrativo de Madrid en relación a la presencia de esteladas en la pasada final de Copa del Rey entre el Fútbol Club Barcelona y Sevilla.

 

Porque en dicha resolución, si bien el juez estimaba parcialmente el recurso del Barcelona permitiendo la presencia de esteladas en el Vicente Calderón, consideraba la presencia de este tipo de banderas “como manifestación de una ideología política”.

 

Y esta argumentación es clave con vistas a un posible recurso ante el último organismo deportivo, el TAS. Hasta ahora existían ciertas dudas en UEFA de si el Tribunal Suizo si podría avalar la tesis de club azulgrana de considerar el empleo de esteladas como un ejercicio de libertad de expresión y no una manifestación política. Pero esta duda se despejó en el momento que un juez español reconocía la presencia de banderas independentistas dentro de un estadio como una clara manifestación política, respaldando la tesis de UEFA y reafirmando su propia normativa que prohíbe este tipo de banderas en cualquier de las dos competiciones, Champion o Liga Europa.

 

Esto explica el por qué UEFA apenas ha tardado apenas quince días en hacer oficial unas sanciones que tenía congeladas desde hace meses tras un acuerdo pactado con el Barcelona. Pero ahora UEFA; a diferencia de entonces, ya no tiene dudas en caso de un recurso del equipo azulgrana ante el TAS. No sólo le respalda su normativa sino también la resolución de un juez español sobre las estaladas. Ahora ya no tiene dudas que las opciones de victoria del Barcelona son prácticamente nulas. Por cierto que conviene recordar que el Barcelona recurrió fuera de plazo ante el TAS el pasado mes de febrero precisamente por la sanción anterior de 40000 euros.

 

Los riesgos de recurrir ante el Tribunal de Estrasburgo

 

Una vez que el Fútbol Club Barcelona supere los tribunales deportivos, siempre le quedara la vía ordinaria pudiendo acudir al Tribunal de Estrasburgo. Pero también aquí conviene recordar los riesgos y sanciones a las que se exponen los clubes de UEFA que deciden optar a la justicia ordinaria para resolver sus litigios con el máximo organismo europeo. De llegarse a esta situación, el Barcelona se expondría a sanciones más allá de lo puramente deportivos. Así pues el panorama del equipo azulgrana en este caso de las esteladas es bastante difícil, por no decir imposible.

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