El auto judicial favorable a las esteladas da alas a la UEFA para sancionar al Barça
La resolución adoptada el pasado viernes por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 11 de Madrid, autorizando la entrada de las “esteladas” en el Vicente Calderón, lejos de favorecer al Barcelona, le puede perjudicar gravemente en el futuro. La resolución reconoce el empleo de estas banderas “como manifestación de una creencia política”. Es el argumento que viene defendiendo UEFA en sus procedimientos contra el equipo azulgrana
La resolución del pasado viernes del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Madrid, donde aceptaba parcialmente el recurso presentado por el Fútbol Club Barcelona, autorizando la introducción de “esteladas” en la la final de la Copa del Rey celebrada esta noche en el Vicente Calderón, lejos de ser un “triunfo moral” para el equipo azulgrana, puede convertirse en un serio problema de cara al futuro. Especialmente en los procedimientos que la entidad azulgrana tiene abiertos en la UEFA precisamente por la introducción de estas banderas en los partidos de la Liga de Campeones.
Pasemos a explicarlo detalladamente. Si uno lee con detenimiento el auto, al final del punto sexto el juez apoya su autorización de las esteladas en que en “ningún caso ha resultado probado que pueda incitar a la violencia, el racismo, xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana”. Y justo después escribe textualmente “que como manifestación de una ideología política o creencia no se justifica qué medida infringe el orden jurídico existente”.
¿Y esto que quiere decir? Pues principalmente dos cosas. La primera, que el juez claramente considera a las esteladas como “manifestación de ideología política”, pero aclara que no se puede prohibir porque ni en la Ley contra la Xenofobía, el Racismo, Intolerancia ni en el Código de la RFEF está recogido que está prohibido su uso porque no incita a la violencia, como ya explicamos en su momento claramente en IUSPORT.
Otra cosa es que en un futuro la normativa española se modifique para prohibir las “esteladas” o cualquier otra manifestación política dentro de un espectáculo deportivo.
En UEFA si está terminantemente prohibido la simbología política
Pero claro en la UEFA la cuestión es bien distinta. El Código Disciplinario de la máxima institución del fútbol europeo sí recoge claramente en su artículo 16.e) que será motivo de sanción “el uso de gestos, palabras, objetivos y cualquier otro medio empleado para transmitir cualquier mensaje que no esté relacionado con el deporte, especialmente los mensajes que sean de naturaleza política, ideológica, religiosa etc..”
¿Y esto que significa? Pues que esta resolución del juez, lejos de favorecer al Barcelona para un partido puntual como la final de Copa, avala toda la teoría que viene defendiendo la UEFA cuando considera la “estelada” como un ejercicio de manifestación política, justo lo mismo que recoge el auto del pasado viernes del juzgado de lo contencioso administrativo número 11 de Madrid.
Luego, esto afianza aún más al máximo organismo del fútbol continental para seguir sancionando al club azulgrana cada vez que vuelvan a aparecer estas banderas en el estadio del Camp Nou en cualquier partido de Liga de Campeones. El Fútbol Club Barcelona ya no podrá argumentar ni recurrir alegando al organismo de Apelación de UEFA, como lo venía haciendo hasta ahora, que las “esteladas” eran una manifestación social ajena a cualquier connotación política, es el libre ejercicio de libertad de expresión.
Está bastante claro, y más después de lo acontecido el pasado viernes, que estas banderas son “una manifestación de ideología política”.
Hasta ahora, la UEFA está pendiente de una futura resolución del TAS al respecto. Resolución que de momento no se ha producido porque el propio Barcelona no cumplió los plazos y se le pasó la fecha, tal y como conocimos a principios de febrero de este año, para recurrir las multas que la propia UEFA le había impuesto, de 30.000 y 40.000 euros por la aparición de esteladas, la primera sanción en la pasada final de la Liga de Campeones en Berlín y la segunda en el partido de esta temporada celebrado en el Camp Nou ante el Bayern Leverkusen.
En la UEFA existían ciertas dudas hasta qué punto una resolución del TAS (Tribunal de Arbitraje del Deporte) podía dar la razón al equipo azulgrana en su línea de considerar las “esteladas” como una libre manifestación social de la libertad de expresión, pero nunca política.
Pero ahora, y después de esta resolución en España, que tanto ha satisfecho al club catalán, parece claro que estas banderas son una “manifestación política”, algo que en la UEFA, a diferencia de nuestro ordenamiento jurídico español, está terminantemente prohibido y es motivo de sanción.
Informe durísimo de UEFA en el Bate Borisov – Fútbol Club Barcelona del 3 de noviembre
Esto puede propiciar que se aceleren los procedimientos o expedientes que la propia UEFA, como ya contamos a finales de diciembre pasado, tiene abiertos contra el club azulgrana pero que estaban “congelados” a falta de conocer la resolución del TAS. El juzgado de Madrid puede haber abierto la caja de pandora. Especialmente en lo referente al partido Fútbol Club Barcelona-Bate Borisov disputado el pasado 3 de noviembre en el Camp Nou, y que fue el partido inmediatamente posterior al disputado ante el Bayern Leverkusen donde había sido sancionado con esos 40.000 euros.
Ese día de principios de noviembre la entidad blaugrana no sólo incumplió la normativa europea con la presencia de esteladas, pitos, pancartas y pitos al himno de la Liga de Campeones; también incumplieron la normativa que prohíbe las manifestaciones políticas en los alrededores de los estadios.
La UEFA elaboró entonces un durísimo informe de todo lo sucedido aquel día en el estadio azulgrana que se convirtió en una manifestación total de queja contra UEFA poblando las gradas de “esteladas”; una pancarta grande pidiendo respeto al propio organismo europeo y pitando de forma contundente el himno de la Champions cuando sonó por los altavoces del Camp Nou en los instantes previos al comienzo del encuentro. En concreto fueron 30.000 esteladas que se repartieron en los exteriores del estadio por parte de cuatro entidades soberanistas: Asemblea Nacional Catalana; Omnium Cultural, Drets y la Plataforma Proseleccions Catalanes.
Además, la propia UEFA tiene en su poder vídeos que acreditan que también en los exteriores se produjeron manifestaciones de tipo político, algo que también está terminantemente prohibido. Luego se trata de una sanción independiente a lo sucedido en el interior, donde además sería reincidente.
Pendientes de los futuros movimientos de UEFA
Así pues, nos encontramos ante una situación muy curiosa. Resulta que la resolución del juez, a la vez que ha dado la razón a la asociación Drets, y de paso al equipo azulgrana, le puede provocar un serio y grave percance en Europa. La consideración de la estelada como “manifestación política” permite a la UEFA poder agilizar los expedientes que tenía “congelados” contra el Barça por la presencia de estas banderas en sus estadios.
Y no olvidemos que el Código Disciplinario de la UEFA recoge en su artículo 14 que la reincidencia conlleva como poco el cierre del estadio y una multa de 50.000 euros. Y en caso de continuar con esta actitud se impone “más de un partido a puerta cerrada, la pérdida del partido, la deducción de puntos en la competición o incluso la expulsión de la competición”.
Habrá que estar atentos a lo que sucede.



















Juan | Lunes, 23 de Mayo de 2016 a las 10:48:38 horas
Y más favorable todavía a las tesis de la UEFA el Auto del Juez de Barcelona que inadmitió el recurso del Barça, cuestionando que un club de fútbol que en sus Estatutos tiene como objeto el deporte pida que se permita la entrada a un estadio de fútbol de banderas independentistas fuera de la constitución y con una claro mensaje político.
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