Por sendas resoluciones de 11 y 12 de abril, respectivamente, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, se ha dispuesto la publicación en el BOE de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf y de la Federación Española de Boxeo.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión de 23 de diciembre de 2015, aprobó definitivamente la incorporación de los artículos 13 y 77, la remuneración del articulado, así como la modificación de los artículos 96, 99, 120, y 121, de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf, autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
Asimismo, en ejercicio de las citadas competencias la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 23 de diciembre de 2015, aprobó definitivamente la modificación de los artículos 2, 3, 10, 11, 17, 25, 29, 30, 35, 43, 45, 50, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 59, 62, 63, 64, 66, 68, 69, denominación del Título IV, 75, 82, 83, supresión del artículo 85, renumeración desde el artículo 85, modificación del artículo 86 y de la denominación del Título XI, así como la eliminación de la Disposición Adicional, de los Estatutos de la Federación Española de Boxeo, autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
ESTATUTOS DE GOLF (ACCESO AL BOE)
ESTATUTOS DE BOXEO (ACCESO AL BOE)


















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