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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Jueves, 21 de Abril de 2016

El Cartagena amenazado con descender de inmediato a Tercera División

El equipo murciano, tal y como recoge la resolución del pasado 7 de marzo de la Audiencia provincial de Murcia, debe presentar el aval de 200000 euros requerido por la RFEF para estar en Segunda B. De no ser así, tal y como recoge los artículo 105 y 192 del Reglamento, perdería la categoría actual

El pasado 7 de marzo del presente año ya adelantamos aquí en IUSPORT una resolución de la Audiencia Provincial de Murcia de enorme importancia por sus repercusiones y los razonamientos jurídicos expuestos. Resolución que venía a dar la razón a la Federación Española de Fútbol por el pleito abierto en su día contra el Cartagena al negarse este último a presentar el aval requerido por la propia Federación para poder participar en la Segunda B alegando que estaba en situación concursal. El escrito de la Audiencia no pudo ser más contundente dado que en el mismo, como ya expusimos en su día, dejaba claro que la norma deportiva prevalecía sobre la concursal, desestimando así la resolución del juzgado de la Mercantil Numero 1 de Murcia del 19 de junio del 2105 que si dio en su momento la razón al equipo murciano.

 

Pues bien una vez que ha quedado bien claro que el Cartagena debe responder de sus obligaciones, como hacen el resto de equipos que militan en la Segunda B; ahora llega la segunda parte. Y es saber cuándo abonara dicha cantidad.

 

Conviene recordar que la RFEF, en aplicación del Artículo 105 del Reglamento General, fijó en 200000 la cuantía del aval que debía presentar el club afectado. Tal y como recoge el citado articulo relativo a las obligaciones específicas de los clubes adscritos a la Segunda División B, “aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles o acordadas por este órgano y órganos judiciales federativos, por importes superiores a 100000 euros..En aquellas situaciones, el importe del aval a suscribir será de 200000 euros”. Y este es el caso del Cartagena por denuncias relacionadas especialmente con el impago de salarios de jugadores.

 

Además, como bien queda recogido en la circular anual que la RFEF envía a los clubes para la presentación de dichos avales, “el importe que resulte de la ejecución del aval, será destinado íntegramente por la RFEF para pagar, por cuenta del club que se trate, las deudas de éste con futbolistas y técnicos”.

 

Pues bien, como venimos contando el Cartagena se negó a presentar este aval dentro del plazo previsto entre el 1 y 5 de julio del 2015 alegando esta situación concursal. Una vez que la resolución ya es efectiva, ahora debe responder de este aval. Además, y según ha podido saber IUSPORT; debe hacerlo de forma inmediata porque de lo contrario las consecuencias podrían ser muy negativos. Y pasarían por el descenso automático de la categoría, a la Tercera división. Así consta en el citado Artículo 105 del reglamento donde textualmente dice que “la no suscripción de los mismos conllevará la no aceptación en la Segunda división B en la temporada 2015-2016”. Algo que queda ratificado aún más en el artículo 192 del citado Reglamento donde establece que el incumplimiento de las obligaciones económicas con los jugadores..cuando el equipo moroso fuera de los que militaron en Segunda División, no podrá participar en la que, por su puntuación, hubiera quedado integrado al término de la temporada pudiendo sólo hacerlo en la inmediatamente inferior”. En este caso la Tercera división.

 

Hasta ahora, todo el proceso está “congelado” hasta la resolución de la Audiencia Provincial del pasado mes de marzo. Y atendiendo a lo que fija la norma, parece claro que el Cartagena o deposita el aval de forma inmediata en la RFEF o de lo contrario no podrá responder de las deudas contraídas con futbolistas y técnicos, luego debe perder la categoría. Y eso es lo que se expone el equipo murciano que actualmente ocupa el séptimo puesto del grupo 4 de la Segunda división B después de 34 jornadas de campeonato.

 

Así pues, en el mejor de los escenarios, el hacer efectivo ese aval no afectaría para nada la actual situación de la competición. Pero si en caso de darse el caso contrario porque afectaría claramente al actual desarrollo de la competición. Atendiendo a lo que establece el Código Disciplinario al “ser una competición por puntos, se respetarán las puntuaciones obtenidas por los demás clubs hasta el momento, y en el resto de encuentros a celebrar se dará por vencedor a los oponentes por el resultado de la media de los goles encajados por el club excluido”. Además, al tratarse de la segunda vuelta, “se aplicará idéntica norma en relación con los partidos correspondientes a esta, pero respetándose todas las puntuaciones conseguidas en la primera vuelta”. Pero además, el Cartagena ocuparía una de las cuatro plazas de descenso a la Tercera división, luego sólo descenderían tres de los cuatro equipos que actualmente ocupan estas plazas que son el Villanovense, Betis B, San Roque Lepe y Almería B. Sin duda una gran noticia para todos ellos. Habrá que estar pendientes en las próximas fechas porque está claro que puede producirse un vuelco importante en este Grupo 4 de la categoría de bronce de nuestro fútbol.

 

La clave radica en que depositen o no el aval.

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