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Sobre la decisión de la FIBA de excluir a España del Eurobasket

Marc Remolà Navarro Marc Remolà Navarro Lunes, 18 de Abril de 2016

Marc Remolà Navarro

[Img #20580]La FIBA quiere sancionar por competir en la Euroleague ¿Es contrario a la normativa de competencia de la Unión Europea o forma de parte de su capacidad autorganizativa?

 

Durante este mes de febrero han sido numerosas las noticias que han abierto un debate sobre la pugna por la organización de la competición europea entre Clubes Europeos de Baloncesto entre la FIBA y Euroleague.

 

En principio, dicha pugna por la organización de la competición entre Clubes de Baloncesto en Europa reabre el debate iniciado con la aparición de una empresa privada denominada Euroliga que rompió el monopolio de la organización de una competición entre Clubes Europeos de Baloncesto que hasta la fecha ostentaba FIBA.

 

Ciertamente, el deporte profesional, sea en el ámbito que sea, y como consecuencia de su repercusión mediática y fenómeno de masas, se ha convertido más que en una práctica deportiva en una actividad empresarial y espectáculo de primera magnitud.

 

Tradicionalmente, las Federaciones Deportivas de ámbito supranacional, se encontraban en la cúspide del sistema deportivo y ostentaban el monopolio de la organización de las competiciones deportivas en sus respectivos ámbitos.

 

En el año 2000, aparece en el ámbito del Baloncesto una empresa privada que creó una disrupción en el deporte del Baloncesto en Europa, creando una competición ajena a la FIBA donde competían clubes de Europa con la denominación y marca Euroleague Basketball, coexistiendo durante el año 2000 la competición FIBA (SuproLeague) y la competición Euroleague, hasta que en la siguiente temporada la competición interclubes se unificó en la Euroleague.

 

La FIBA por otro lado se resignó a organizar las competiciones entre selecciones de federaciones nacionales y juegos olímpicos, además de ostentar la competencia normativa en la organización de la práctica deportiva de coexistencia Baloncesto a nivel mundial.

 

Las heridas del pasado no se cerraron, y, durante este mes de febrero, han sido numerosas las noticias en las que por parte de Euroleague se denunciaban presiones de FIBA a las Ligas Nacionales, Clubes y Jugadores para no participar en la Euroleague, situación que tuvo como punto culminante la advertencia de no admitir la participación de la selección española de la Federación Española de Baloncesto en los Juegos Olímpicos a celebrar en Río de Janeiro en 2016.

 

Llegados a este punto, la lucha, que, en el 2000 sería calificada como de “David contra Goliat”, ahora nos encontramos ante un lucha en Europa más propia de “Caín y Abel”. De nuevo se vuelve a plantear la coexistencia de competiciones de Baloncesto en el ámbito ínter clubes en Europa.

 

Ante esta situación,  nos encontramos con dos auténticos “gigantes” con sus puntos fuertes y debilidades pugnando por un mundo de gigantes o el Baloncesto Europeo, y otra vez, se vuelve a poner  sobre la mesa la doctrina Bosman en el ámbito del derecho deportivo.

 

Al igual que ya lo decía en otros ámbitos (Caso del Barça, UEFA y “estelades”), al tratarse de la coexistencia de entidades privadas, su propia libertad autorganizativa viene siendo limitada por normas de derecho público o “sus cogens”, que, en este caso tiene como límite el derecho europeo a la libre competencia.

 

Como ya avancé en twitter el pasado 24 de febrero,  si la FIBA, realmente ejerce presiones bajo apercibimiento de aplicación de sanciones a clubes o jugadores por participar en otra competición que no sea podría comportar que la Euroleague pudiera llegar a denunciar a la FIBA por no ser respetuosa con el derecho a la libre competencia en Europa, y en concreto ser contraria dicha práctica a lo que establecen, a nivel básico,  los art. 101 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), así como el  artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE) en virtud del cual la competencia no puede ser objeto de falseamiento

 

Es decir, si por parte de FIBA existiera normativa que sancionara a Clubes (entre otros,  Real Madrid y Futbol Club Barcelona o jugadores por participar en la Euroleague o Eurocup)  o bien, se llegara a excluir de los Juegos Olímpicos a la selección de baloncesto de la Federación Española de Baloncesto por la actuación en este sentido de sus clubes o jugadores o por la participación de éstos en la Euroleague (al igual que ocurre con la NBA) podría ser considerado contrario a la libre competencia si se prueba que dichos acuerdos tienen cono finalidad o lo para conseguir eliminar una competición o  la organización de la misma a la empresa Euroleague Propierties en beneficio propio de una actividad concurrente de la propia FIBA, aprovechándose de su situación de dominio en el ejercicio de la actividad normativa de la práctica deportiva a nivel mundial.

 

No obstante lo anterior, al citado argumento puede existir otra a defender por la propia FIBA cual es el hecho de que los clubes y jugadores son los que pueden optar a cumplir o no la normativa FIBA,  siendo la adscripción al sistema FIBA y competiciones FIBA como algo totalmente voluntario, de manera, que, formar parte de esta asociación y dentro del derecho fundamental a la libre asociación es libre, y por consiguiente, también lo es la asunción de la norma interna regulatoria y de la voluntad o no de permanencia.

 

A modo de conclusión,  el debate se ha reabierto, si bien me inclino en  hacia una resolución del conflicto, y de no existir una solución alternativa al mismo – mediación o arbitraje- , que, de judicializarse,  la respuesta puede ser una nuevo ejemplo de la intervención de la norma de derecho público cada vez es más patente en la actividad de las entidades privadas,  publificándose del derecho deportivo, en nuestro caso, por no afectar tanto a un actividad de autorganizativa de una disciplina deportiva, sino  por el hecho de afectar a el mercado y evitar situaciones monopolísticas, o conductas contrarias a la libre competencia.

 

Marc Remolà Navarro

Abogado

Master en Derecho Deportivo INEFC LLEIDA (LL.M)

Consejero Área Jurídica Centre d’Esports Sabadell FC, SAD

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