Domingo, 11 de Enero de 2026

Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 18:32:11 horas

La Justicia civil condena a la AFA tras la muerte de un futbolista

Redacción Iusport Latinoamérica Redacción Iusport Latinoamérica Lunes, 08 de Noviembre de 2021

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Argentina confirmó una condena a la Asociación del Fútbol Argentino por la muerte de un jugador en el club Angaco. Los jueces entendieron que la entidad es responsable por los daños que sufran quienes participan en las competencias que están bajo su organización según informa el Diario de Cuyo.

 A los 11 minutos del primer tiempo, el defensor de Paso de Los Andes, de Albardón, lanzó una media chilena para rechazar la pelota, pero la patada dio en el pecho de Mauricio Fernández, del Club Deportivo Angaco. Tras el golpe, el jugador se levantó, pero se desplomó y luego no volvió a incoporarse, perdiendo luego la vida.

 

Los padres de la víctima iniciaron una demanda y la Sala I de la Cámara Civil ratificó días atrás la condena contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para que se haga cargo de una indemnización cercana al millón de pesos.

 

La condena incluyó al club angaquero luego que los jueces convalidaran el argumento de primera instancia de que tanto “el club al cual pertenecía el fallecido y la AFA son responsables por los daños sufridos por quienes participan en la competencia deportiva (jugadores), como así también por los espectadores, árbitros, trabajadores de los medios gráficos, etc, en virtud de la tácita obligación de seguridad”.

 

También señalan los camaristas que la institución angaquera no le exigió el estudio médico a Fernández, con lo cual el futbolista habría sido inhibido de jugar y por consiguiente, no se habría producido el deceso.


El partido donde acaeció el fatal hecho se disputó el 23 de noviembre de 2008, bajo el marco de la Liga Albardón - Angaco. La responsabilidad recae contra la AFA por su control de superintendencia sobre las ligas del interior, a través del Consejo Federal al que están afiliadas.

 

El fallo de primera instancia se dictó el 27 de febrero de 2020, por parte de Carlos Fernández Collado a cargo Quinto Juzgado Civil. Tras la apelación de los condenados, el expediente recayó en la Sala I de la Cámara Civil, en la que los jueces Sergio Saffe, Abel Soria y Sergio Rodríguez confirmaron la sentencia. 

 

Según las fuentes consultadas, tanto la AFA como el Club Deportivo Angaco estarían dentro de los plazos para apelar ante la Corte de Justicia para tratar de revertir el fallo.

 

Según también explicaron las fuentes, de quedar firme la condena, la familia puede encarar el cobro de la indemnización contra el club y la institución madre del fútbol argentino o contra la entidad que resulte más solvente. 

 

El primer voto fue del juez Saffe, que resultara acompañado por sus pares. El magistrado sostuvo que el club y la liga no cumplieron con el mandato legal de exigir la presentación de los estudios médicos. Si hubiesen cumplido con esa obligación, tal cual lo estable la ley provincial del deporte (871-G), “el jugador no hubiese jugado y, con ello, no se habría permitido que el mismo se exponga a la posibilidad de una falla orgánica como la que le provocó la muerte”, tal como se señala en el fallo.

 

Y el magistrado preopinante señala que “es cierto que la autopsia y la sentencia penal determinan que la muerte se produjo por causas naturales. Ahora bien, la muerte se podría haber evitado si se hubiesen exigido los estudios médicos para evitar cualquier daño en su integridad física”.

 

La normativa local establece el carácter obligatorio del examen médico preventivo predeportivo y que no se podrá autorizar la participación de los deportistas que no hayan cumplido con el examen correspondiente.


El camarista resaltó lo que había remarcado el juez inferior, Fernández Collado, quien había valorado “la existencia de una  patología previa que no fue advertida por la organización con motivo de la omisión” del examen médico, “violando así el deber tácito de seguridad para con el jugador, sumado a la falta de atención inmediata por parte de un servicio de ambulancia, no contratado”.

 

Del expediente judicial surge que no hubo ambulancia y el jugador fue trasladado al hospital departamental en un patrullero. 


Los camaristas ratificaron la indemnización por 200 mil pesos, más intereses a tasa activa desde el momento del deceso hasta el efectivo pago, con lo cual el monto a percibir ascendería al millón de pesos.

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.