Lunes, 12 de Enero de 2026

Actualizada Lunes, 12 de Enero de 2026 a las 16:34:55 horas

José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Jueves, 25 de Febrero de 2016

Villar se enfrenta este viernes al posible expediente del TAD mientras ejerce el voto en la FIFA

"Dura lex, sed lex”

 

El presidente de la RFEF, Ángel María Villar, se enfrenta este viernes a una situación verdaderamente comprometida, si, como parece, el TAD decide incoarle expediente a la vista de los indicios de infracciones disciplinarias graves que le ha denunciado el CSD.

 

Como saben los lectores de IUSPORT, el TAD acordó el viernes pasado "dejar sobre la mesa" el referido expediente, con el fin de estudiarlo en profundidad, habida cuenta que se trata de una información compleja y que afecta al presidente de la primera federación española de este país, no olvidemos, la titular de la selección campeona del mundo en 2010 y de Europa en tres ocasiones.

 

Pero los miembros del TAD ya se han instruido, en especial el ponente, que deberá presentar a eso de las 13:00 su propuesta de resolución, que será debatida y votada.

 

Esta vez no son cosas menores, Villar se enfrenta este viernes al "peso de la ley". La documentación presentada por el CSD parece que constituye material suficiente para la incoación del expediente, aunque a fecha de hoy no puede decirse que haya unanimidad al respecto.

 

Esta vez, el presidente de la RFEF podría conocer en carne propia la frialdad de la ley.

 

En su fuero interno, Villar piensa realmente que ha obrado bien. No tiene conciencia de haber incumplido ninguna norma con las "ventajas comparativas"  que, según el CSD, ha otorgado al Recre y al Marino. En la reciente junta directiva en la que se acordó convocar asamblea para la adaptación de los estatutos y reglamento electoral a la Orden ministerial, Villar mostró su extrañeza por el expediente pretendido por el CSD, ya que en el pasado se han efectuado decisiones similares por la RFEF con otros clubes sin que nadie se rasgara las vestiduras, en público -decimos nosotros-.

 

Pero claro, aquí es precisamente donde hace acto de presencia el aforismo “Dura lex, sed lex” –dura es la ley, pero es la ley-. Y es que infracciones pasadas no justifican infracciones futuras.

 

No es moco de pavo lo que le acusa el CSD a Villar. Les recuerdo la nota oficial que emitió este organismo el 11 de febrero: "El CSD da este paso tras haber comprobado la documentación y las alegaciones correspondientes a los casos del Recreativo de Huelva S.A.D. y del Club Deportivo Marino Tenerife-Sur. Del análisis de dicha información se desprende que la actuación federativa ha podido ocasionar un agravio comparativo y un menoscabo del principio de igualdad de los clubes al adulterar gravemente la competición, lo que pondría en cuestión la imparcialidad de los responsables federativos a la hora de tratar a sus asociados. Igualmente podría constituir una actuación para eludir el cumplimiento de la propia normativa de la RFEF (artículos 49.1 y 192.1 párrafo cuarto del Reglamento General de la RFEF en el caso del Recreativo de Huelva S.A.D; y artículo 192.2 g) del Reglamento General de la RFEF para lo concerniente al Club Deportivo Marino Tenerife-Sur)".

 

La clave

 

La clave está en el Artículo 15  del Reglamento General de Disciplina Deportiva (RD 1985/1992), que contempla precisamente las "infracciones muy graves de los directivos"

 

Y las concreta: "son infracciones específicas muy graves de los presidentes y demás miembros directivos de las entidades de la organización deportiva, las siguientes:

 

a)  El incumplimiento de los acuerdos de la asamblea general, así como de los reglamentos electorales y demás disposiciones estatutarias o reglamentarias [art. 76, ap. 2,a), L. D.].

 

Los incumplimientos constitutivos de infracción serán los expresados en los estatutos y reglamentos de los entes de la organización deportiva, o aquellos que, aun no estándolo, revistan gravedad o tengan especial trascendencia.

...

c)  La incorrecta utilización de los fondos privados o de las subvenciones, créditos, avales y demás ayudas del Estado, de sus Organismos Autónomos, o de otro modo concedidos, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado [art. 76, ap. 2.d), L. D.].

 

A estos efectos, la apreciación de la incorrecta utilización de fondos públicos se regirá por los criterios que para el uso de ayudas y subvenciones públicas se contienen en la legislación específica del Estado.

 

En cuanto a los fondos privados, se estará al carácter negligente o doloso de las conductas".

 

Hechos tozudos

 

Los hechos, de confirmarse, parecen tozudos y al TAD no le quedará otra que abrir expediente, pero no está nada claro que adopte alguna medida cautelar contra el expedientado. 

 

El TAD deberá resolver, o simplemente puede no pronunciarse, sobre la procedencia de imponer medidas cautelares, como, por ejemplo, la suspensión inmediata de Villar.

 

Como ya dijimos en esta columna, el aplazamiento de la decisión del TAD de la semana pasada le ha servido de mucho al presidente de la RFEF. Para empezar, no tendrá impedimento para asistir este viernes al congreso electoral de la FIFA, que elegirá nada más y nada menos que al sucesor de Blatter.

 

No obstante, como también comentamos, si este viernes el TAD acuerda incoar expediente, la Comisión Directiva del CSD también podría ejercer esa potestad y suspenderle cautelarmente (art. 43 ley de 1990)

 

Así, pues, podría darse la situación kafkiana de que Villar esté votando en el congreso de la FIFA al mismo tiempo que el TAD acuerda incoarle expediente. Y no decimos nada si acuerda suspenderle cautelarmente.

 

Pero Villar está convencido de que ello no le afectará en absoluto; por dos razones: una, porque la mera incoación no suspende su ejercicio como presidente; y 2, porque en caso de que se acuerde su suspensión cautelar, algo improbable, esta no surtirá efectos hasta que no se notifique, algo que probablemente se efectúe en la misma tarde del 26 o el lunes siguiente, cuando Villar ya ha intervenido en el congreso de la FIFA.

 

Composición actualizada del Tribunal Administrativo del Deporte

 (Febrero de 2016)

  • Enrique Arnaldo Alcubilla (presidente)

Administrador Civil del Estado. Letrado en Cortes Generales

 

  • Andreu Camps i Povill

Catedrático de INEF de Cataluña. Miembro - mediador del TAS

 

  • Fernando Corral Collantes

Especialista en Gestión Deportiva. Universidad Rey Juan Carlos

 

  • Tomás González Cueto

Abogado del Estado.

 

  • María Lidia García Fernández

Letrada de las Cortes Generales

 

  • Koldo Irurzun Ugalde

Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad del País Vasco

 

  • Eloisa Carbonell Porras

Catedrática Derecho Administrativo

 

  • Miguel Pardo González (Secretario)

Abogado del Estado

 

  • Manuel Delgado-Irribarren García-Campero (Secretario suplente)

Letrado Cortes Generales

 

 

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.