Domingo, 11 de Enero de 2026

Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 16:39:59 horas

Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Jueves, 11 de Febrero de 2016

TEXTO ÍNTEGRO DEL INFORME

El TAD formula los reparos esperados al reglamento electoral de la RFEF

Anoche dábamos cuenta en IUSPORT de que el TAD ya había remitido al CSD su informe preceptivo sobre el Reglamento Electoral de la RFEF, texto que fue aprobado en primera instancia por la Comisión Delegada el pasado 19 de enero.


A la espera de una lectura a fondo de dicho informe, por el momento podemos confirmar que la regulación de la moción de censura, como adelantamos en su día, es uno de los principales reparos por parte del TAD, y así lo ha comunicado al CSD.


Como saben los lectores de IUSPORT, la orden ministerial reguladora de las elecciones exige, para que prospere la moción de censura, que esta sea votada por la mayoría absoluta de la asamblea.

 

Sin embargo, el reglamento electoral aprobado en primera instancia por la Comisión Delegada de la RFEF exige una mayoría cualificada de dos tercios.


Esto ha sido detectado inmediatamente por el TAD, por lo que el CSD deberá requerir a a la RFEF a fin de que lo modifique y ajuste a la orden ministerial.

 

El otro gran asunto que hemos adelantado en IUSPORT es la composición de la asamblea, que fue reducida de 180 a 140 miembros, cuando los estatutos de la RFEF dejan claro que su número es 180, sin margen alguno de maniobra, salvo que se modifiquen los propios estatutos, que no es el caso.

 

En este punto, el TAD recuerda que el reglamento no es una norma autónoma dentro de la RFEF, sino que debe estar en consonancia con los estatutos, por lo que, si bien admite el TAD que el número de 140 se encuentra dentro de la horquilla que establece la Orden ministerial, se trata de una regulación (la del reglamento) que incumple el principìo de jerarquía normativa.


Seguiremos informando sobre este asunto, ya que hay otros puntos del reglamento federativo que igualmente han sido objeto de reparo por el TAD, y alguna sorpresa también.

 

----------------

NOTA ACLARATORIA.- Hay que diferenciar los dos informes emitidos por el TAD que a continuación ofrecemos a texto completo. Uno referente al reglamento propiamente dicho (el informe 12/2016), y otro sobre criterios de la orden ministerial y aplazamiento de las elecciones (11/2016)

 

TEXTO ÍNTEGRO DEL INFORME 12/2016 DEL TAD AL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA RFEF

 

TEXTO ÍNTEGRO DEL INFORME 11/2016 DEL TAD SOBRE CRITERIOS Y APLAZAMIENTO

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.