F: ShutterstockLa acción de amparo busca cuestionar una acción u omisión que ponga en peligro la protección de una garantía constitucional o el cumplimiento de un derecho fundamental del Ser Humano. En el proceso y por la celeridad que necesita su resolución debe ser tratado en un proceso sumarísimo.
La acción de amparo que nuestra CN en Argentina enuncia en el artículo 43 es una de las brillantes ideas que los constitucionalistas del 94 incorporaron en nuestra carta magna.
El amparo que comenzó siendo un recurso y luego reconocida como una acción judicial que puede iniciar toda persona para solicitar a la Justicia la protección urgente de un derecho o una garantía, cuyo ejercicio le fuera no reconocido o viera amenazado por una autoridad pública u otra persona.
Los mexicanos se adjudican la creación de esta gran herramienta jurídica y sus primeros efectos en Yucatán en el año 1841 con Manuel Crescencio Rejón y luego a nivel federal con el acta de reformas del año 1847.
La acción de amparo busca cuestionar una acción u omisión que ponga en peligro la protección de una garantía constitucional o el cumplimiento de un derecho fundamental del Ser Humano. En el proceso y por la celeridad que necesita su resolución debe ser tratado en un proceso sumarísimo.
José Emilio Jozami
Abogado por la Universidad Nacional de Córdoba Argentina
Master en Derecho Deportivo por ISDE Madrid España.
Diplomado en Derecho Deportivo en la Universidad Austral Buenos Aires Argentina
Mediador por Fundación Retoño Buenos Aires. Mediador Internacional en Deportes por IEMEDP Madrid España
Mediación y Negociación en las Universidades de Yale y Harvard en EEUU
Miembro del Tribunal de Disciplina de AFA
Mediador Jurídico en FIFA. Ex Juez Civil y Comercial en Argentina
Miembro de la Red latinoamericana de DDHH
Director del Instituto de Derecho y Gestión Deportiva de la AAJC( Asociación argentina de Justicia Constitucional).











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