F. ShutterstockLa AMA acude al TAS ante la inacción de la RUSADA respecto a la patinadora rusa Valieva
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha admitido a trámite un recurso presentado por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) contra la Agencia Rusa Antidopaje (RUSADA) y la patinadora artística rusa Kamila Valieva (la Atleta) tras la ausencia de una decisión en el procedimiento RUSADA vs/Kamila Valieva, iniciado por RUSADA tras una muestra aportada por el Atleta el 25 de diciembre de 2021, en el Campeonato Nacional Ruso de Patinaje Artístico de 2021, reveló la presencia de trimetazidina, una sustancia prohibida.
La AMA se basa en el artículo 15.3 de las Reglas Antidopaje de RUSADA: “[c]uando, en un caso particular, la RUSADA, el Comité Disciplinario Antidopaje o el Órgano Nacional de Apelación no emite una decisión con respecto a si una violación de las Reglas fue cometido dentro de un plazo razonable establecido por la AMA, la AMA puede optar por apelar directamente al CAS como si RUSADA, el Comité Disciplinario Antidopaje o el Órgano Nacional de Apelación habían dictado una decisión no encontrando ninguna violación de las Reglas ".
El recurso de apelación se interpuso por no haber dictado resolución la RUSADA dentro de el límite de tiempo establecido por la AMA.
La AMA pide al TAS que declare que la atleta cometió una infracción de las normas antidopaje de conformidad con el artículo 4.1 y/o 4.2 de la RUSADA ADR, y que sea sancionada con un período de suspensión de cuatro años a partir del en la fecha en que entre en vigor el laudo del TAS, así como la descalificación de todos los competidores resultados obtenidos por ella desde, e incluyendo la fecha del 25 de diciembre de 2021, con todos los resultados consecuencias (incluida la pérdida de medallas, puntos y premios).
El procedimiento de arbitraje del TAS ha comenzado.
De acuerdo con el Código de Arbitraje, las reglas de arbitraje que rigen los procedimientos del TAS, las partes primero intercambiarán por escrito presentaciones y participar en la designación del Panel de árbitros de 3 miembros que decidirá la asunto.
La AMA nombrará a un miembro del Panel, y RUSADA y la deportista, conjuntamente nominarán a otro. El tercer miembro, el Presidente del Panel, será designado por el Presidente de la División de Apelaciones de TAS, o su adjunto. Una vez designado, el Panel emitirá instrucciones de procedimiento para la siguiente fase del procedimiento, incluida la celebración de una audiencia. Después de la audiencia, el Panel dictará laudo sobre el fondo del asunto.
En julio pasado, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) hizo un llamamiento a las todas las organizaciones antidopaje para que los resultados de los análisis previos a las competiciones se prioricen y se revisen antes del inicio de estas, para evitar situaciones similares a las de la patinadora rusa Kamila Valíeva en Pekín 2022.
Así lo indica el informe del observador independiente de la AMA sobre el programa que la Agencia Internacional de Controles (ITA) llevó a cabo en los Juegos de Invierno de este año en la capital china, tras el caso de la joven rusa, de 15 años.
Durante la competición disputada en febrero, cuando Valíeva ya había ganado el oro en el concurso por equipos, se conoció el resultado positivo de un control hecho en diciembre en Rusia, al detectarse en su orina trazas de un medicamento contra la angina de pecho.
La agencia antidopaje rusa (RUSADA) no notificó al laboratorio de Estocolmo, que analizó la muestra, que el control tenía carácter prioritario, por lo que el resultado se conoció el 8 de febrero, en plenos Juegos, cuando la implicada se había ganado un oro.
La RUSADA permitió a Valíeva seguir en competición y el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) rechazó suspenderla de forma provisional. para no causarla "un daño irreparable". Aunque la joven siguió en competición no obtuvo medalla en el concurso individual que completó días después, superada por la presión días después.
La ITA explicó este viernes que todas las muestras recogidas durante los Juegos de Pekín se conservarán en su Centro de Almacenamiento Centralizado a Largo Plazo (CLTSF) durante un máximo de diez años y se podrán reanalizar más adelante con métodos más avanzados.
También detalló que en Pekín recogió más de 3.100 muestras, la mitad fuera de competición, de orina, sangre y manchas de sangre seca y que realizó más de 2.300 controles a 1.600 atletas, lo que significa que más del 55% de los participantes se sometieron al menos un control.
Por primera vez en la historia de los Juegos Olímpicos, al menos un atleta de cada uno de las 91 delegaciones participantes fue controlado y la ITA confirmó cuatro violaciones de las normas antidopaje. Sus casos fueron trasladados a la División Antidopaje del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) y/o a sus respectivas federaciones para su resolución definitiva.
La ITA indicó también que ha empezado los trabajos de su programa de controles para los Juegos de París 2024.




















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28