
En el presente artículo se analizará y se pondrá de relieve la situación que sufren determinados futbolistas de origen argelino que, en opinión de los autores, constituye una clara infracción de un principio fundamental sobre el que pivota toda la normativa FIFA: la estabilidad contractual.
En los últimos años, FIFA ha dado un importante paso adelante en cuanto a mejor gobernanza, transparencia y agilidad en la resolución de conflictos, lo que ha generado una mayor confianza y seguridad por parte de los diferentes stakeholders de la industria.
Sin embargo, y como en cualquier otro sector, aún se producen situaciones mejorables que precisan de una intervención con el objetivo de preservar los principios rectores del sistema en todas y cada una de las Federaciones nacionales.
En el presente artículo se analizará y se pondrá de relieve la situación que sufren determinados futbolistas de origen argelino que, en opinión de los autores, constituye una clara infracción de un principio fundamental sobre el que pivota toda la normativa FIFA: la estabilidad contractual.
El presente caso versa sobre la ruptura del contrato de un futbolista argelino por parte de un club también argelino el cual contiene una cláusula de sometimiento a los órganos de resolución de disputas de la Federación Argelina de Fútbol (FAF).
En primera instancia, el jugador presentó ante la Cámara Nacional de Resolución de Litigios (CNRL) una demanda de reclamación de cantidad y rescisión por justa causa contra su club por los siguientes motivos: (i) adeudar cuatro meses de salario, (ii) no permitir al deportista entrenar con el primer equipo y (iii) enviar al jugador a entrenar con el filial sin acuerdo expreso entre las partes.
Pablo Torras
Abogado Deportivo
Mario San Román
Abogado Deportivo



















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