
En 2010, el Comité absolvió a Callejón al entender que "dada la excepcionalidad de la misma no puede ser objeto de reproche disciplinario, por cuanto no hay un ánimo de transmitir un mensaje publicitario, político ni religioso"
El centrocampista del Villarreal Álex Baena fue expulsado este domingo ante el Almería en el minuto 56 tras levantarse la camiseta para mostrar una leyenda en recuerdo del vicepresidente José Manuel Llaneza, fallecido esta semana, en el momento que celebraba el gol del empate y que suponía su segunda tarjeta amarilla en el partido.
Baena marcó en el minuto 55 pero en su celebración se levantó la camiseta para mostrar otra en la que figuraba la leyenda "Gracias por todo, Llaneza", por lo que el árbitro le mostró la tarjeta amarilla al entender que había levantado la camiseta por encima de la cabeza, lo que según el reglamento es motivo de amonestación.
Los jugadores del Villarreal protestaron la decisión De Burgos Bengoechea al considerar que era una emotiva dedicatoria tras una semana muy complicada en el club castellonense, pero el árbitro justificó su decisión en el que debía aplicar el reglamento y debía expulsar al jugador tras haber sido ya amonestado anteriormente en la primera parte.
Es decir, de haberse asesorado previamente, Baena no habría alzado la camiseta por encima de la cabeza y no habría sido amonestado ni expulsado. Con eso hubiese evitado la amonestación pero no la sanción por exhibir el lema, puesto que último está prohibido por el código disciplinario y será sancionado de todas formas.
Lo que dice el Código Disciplinario
El Código Disciplinario establece en el artíclulo 96 lo siguiente: "El futbolista que, con ocasión de haber conseguido un gol o por alguna otra causa derivada de las vicisitudes del juego, alce su camiseta y exhiba cualquiera clase de publicidad, lema, leyenda, siglas, anagramas o dibujos, sean los que fueren sus contenidos o la finalidad de la acción, será sancionado, como autor de una falta grave, con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y amonestación".
El precedente de Messi en 2020
Algo similar ocurrió con Messi en 2020, que fue amonestado por Antonio Mateu Lahoz con tarjeta amarilla y luego sancionado.
Así lo recogió el colegiado en el acta arbitral:
"En el minuto 73 el jugador (10) Messi Cuccittini, Lionel Andres fue amonestado por el siguiente motivo: Por quitarse la camiseta, tras la consecución de un gol, mostrando una nueva camiseta del equipo Newell's Old Boys, de la temporada 93/94, con el dorsal número 10 en la espalda"
El 2 de diciembre del 2020 el Comité de Competición sancionó el gesto de Leo Messi con una tarjeta amarilla y una multa de 601 euros.
El precedente de Callejón en 2010
Resulta pertinente traer a colación también, por su similitud, la resolución del Comité de Apelación de la RFEF, presidido entonces por el prestigioso jurista José Mateo Díaz, exmagistrado del Tribunal Supremo, recaída en el caso de Callejón en 2010, cuando portó una camiseta con el rostro de Jarque, en un acto similar.
Entonces, el Comité resolvió que dicha acción, "y dada la excepcionalidad de la misma no puede ser objeto de reproche disciplinario, por cuanto no hay un ánimo de transmitir un mensaje publicitario, político ni religioso". Y añadía:
"Tan sólo existe la intención de recordar a un compañero fallecido, hecho que desde luego no vulnera el bien jurídico protegido por dicho precepto, cual es el correcto desarrollo de la competición, que puede verse perturbado por una irregular equipación o por los excesos en la celebración de un gol".
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