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Alejandro Valiño
Alejandro Valiño Miércoles, 20 de Enero de 2021

Las competiciones de tenis en la Comunitat Valenciana ante la tercera ola

(RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19)

Con efectos desde el 21 de enero y por espacio de 14 días naturales, se han publicado en el día de hoy las nuevas medidas afectantes al deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana, con especial incidencia sobre la situación a la que se ven abocadas las instalaciones deportivas.

 

Desde luego que la norma, interpretada en clave estrictamente tenística y en consideración a una serie de conceptos clásicos en las normas del derecho público del deporte (como la de qué ha de entenderse por ‘competiciones oficiales’), suscita no pocas dudas, que, como es natural, habrá que despejar en atención al sentido y fines de la disposición que enuncia las medidas.

 

Es ya significativo que la fundamentación de la norma que ahora se publica se asienta con rotundidad en el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró por el Gobierno de la nación el estado de alarma hasta el próximo 9 de mayo. Y ello porque esta norma, que encarna el sometimiento de todos los españoles a un derecho de excepción que habilita para cuanto menos restringir notablemente sus derechos fundamentales, no corre los riesgos a los que algunos reglamentos autonómicos se enfrentaron hace unos meses al no obtener en algunas Comunidades Autónomas la preceptiva ratificación judicial al ampararse en la legislación sanitaria ordinaria, interpretada como inhábil para restringir derechos de tal entidad.

 

Los Antecedentes de Hecho de la Resolución que se analiza describen además una dantesca situación sanitaria, agravada extraordinariamente en los últimos diez días, valiéndose de una serie de índices epidemiológicos al uso, lo que permite concluir, como no esconde la norma, que “las medidas hasta ahora dictadas en el último mes no han supuesto una contención o retroceso de la transmisión comunitaria del SARS-CoV-2, al contrario se ha incrementado y ha supuesto un aumento significativo de las tasas de hospitalización e ingresos en unidades de cuidados intensivos”.

 

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