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Entra en vigor el protocolo actualizado de la RFEF para el fútbol no profesional

Ramón Fuentes Jueves, 12 de Noviembre de 2020

Todos los equipos deben pasar test semanales o quincenales. En caso de falsedad la RFEF podría emprender acciones penales. Si no cuentan con el mínimo de jugadores negativos o no pasan los test se dará el parido por perdido a uno o incluso los dos equipos.

La RFEF ha comunicado a todos los estamentos de la entrada en vigor del Protocolo actualizado de actuación para la vuelta de las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional para la Temporada 2020-2021. Esto afecta desde Segunda BTerceraPrimera y Segunda femenina o fútbol sala.

Como especial novedad de la versión actualizada del Protocolo es que a partir de esta próxima jornada del fin de semana del 14 y 15 de noviembre será obligatorio que todos los jugadores y jugadoras que disputen encuentros en los partidos oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional hayan pasado los test correspondientes, ya sea semanales o quincenales según establece el citado Protocolo.

A los efectos de poder acreditar el cumplimiento de estas nuevas medidas reforzadas del Protocolo, la RFEF establece que antes del inicio de cualquiera de los partidos ya sea el Delegado de Cumplimiento de Protocolo de cada equipo o el Delegado del Equipo, deberán reunirse con el árbitro del encuentro y con el Delegado del otro equipo para manifestar mediante una declaración verbal jurada (no debe entregarse ningún documento) que todos los jugadores y jugadoras inscritos para la disputa del partido han pasado los test según la periodización del protocolo y todos ehan dado negativo. El Árbitro lo hará constar en el acta del partido.

En caso de falsedad en la declaración y si la misma se constata, la RFEF presentará la denuncia correspondiente en la vía deportiva y, si fuere el caso, en la vía penal contra aquella persona que hubiere hecho una declaración en falso, entendiendo la Federación que el acta del partido podría llegar a tener la consideración de documento público a los meros efectos penales.


En el mismo escrito la RFEF recuerda a todos los equipos que a partir de la próxima jornada del 14 y 15 de noviembre, cualquier equipo que no presente el número mínimo de jugadores con resultado negativo de los test obligatorios no podrá disputar el partido, debiendo ser suspendido por el árbitro del encuentro y haciéndolo constar en el acta.

La suspensión del partido por parte del árbitro por el hecho de no haber pasado los test obligatorios de un equipo o no haberlos pasado en el número mínimo de jugadores que deben disputar el mismo, implica la pérdida del partido. Si fueran ambos equipos se da por perdido a ambos.

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