La necesidad de una ley integral de protección física y mental de los deportistas

En los últimos días han aparecido en los medios de comunicación varias noticias relativas a abusos en el deporte, esto es, actuaciones que afectan en sentido amplio la integridad física y mental de los deportistas u otras personas que realizan actividades en el entorno deportivo.
Así, hace unos días la organización Human Right Watch denunciaba “maltratos generalizados” a deportistas menores en Japón, el TAS ratificaba la inhabilitación de por vida del expresidente de la Federación afgana de fútbol por casos de abusos sexuales a jugadoras y, todavía más recientemente, el New York City ha abierto una investigación a David Villa por la presunta comisión de acoso sexual sobre una trabajadora del club.
Pero la enumeración no acaba aquí, una rápida búsqueda en internet muestra una lista de casos de abusos muy numerosa y preocupante. Un recordatorio de algún supuesto ocurrido en España conduce necesariamente al medallista en los JJOO de Barcelona, Antonio Peñalver, quien tuvo el valor de expresar públicamente los abusos que sufrió durante años por parte del que fue entrenador nacional, Miguel Ángel Millán. La federación de atletismo no salió indemne de las acusaciones de los numerosos atletas que prestaron su testimonio como también víctimas del depredador sexual.
En la sentencia dictada el año pasado por la Audiencia de Tenerife se señala: “la Real Federación Española de Atletismo, por medio de su presidente no instrumentalizó ningún protocolo de actuación que permitiera controlar la relación entre entrenadores y entrenados o, cuando menos limitar o minimizar los riesgos de que como consecuencia de la prevalencia derivada de dicha relación pudieran acaecer los hechos que ahora son objeto de enjuiciamiento. De esa falta de control y vigilancia se deriva la responsabilidad cuasi objetiva objeto de la condena”.
Pero más que estas noticias, quizá lo que más haya hecho para visualizar el problema de los acosos sexuales en el deporte haya sido el documental producido por Netflix, “Gimnasta A: el médico depredador”, en el que se describe minuciosamente los abusos del doctor de la Federación de Gimnasia de los EEUU de los que fueron víctimas numerosas integrantes del equipo nacional de dicho país, incluida Simona Biles.
Al margen de los desgarradores testimonios de las gimnastas, y de las dificultades psico-sociales para reconocer que eran víctimas de abusos y por lo tanto para revelar las humillaciones sufridas, uno de los aspectos que llama más la atención es, como en el caso citado de la federación española de atletismo, la pasividad y protección institucional por parte de los dirigentes de la federación, como reflejo de uno de los elementos integrantes del fenómeno de los abusos sexuales en el deporte: la “cultura del encubrimiento”.
Es precisamente esta características lo que hace difícil medir la gravedad del problema como tampoco ayuda la inexistencia de investigaciones sistemáticas sobre su prevalencia. No obstante, no parece que en España su extensión vaya a ser menor que en otras países según los estudios realizados hace algunos años donde se señala que la presencia de abusos sexuales en el deporte es del 19% en EE.UU, del 45 % en la República Checa, del 20% en Flandes, del 28% en Noruega o del 21% en el Reino Unido. Bajo la frialdad de estos números, no hace falta decirlo, se esconden verdaderas tragedias personales que en la mayoría de las ocasiones quedan ocultas.
No hemos de descartar que haya una cierta conexión causal entre el documental mencionado y que recientemente el Director General de Deportes del CSD hiciera público la urgente necesidad de avanzar en la creación de protocolos de acoso en el mundo del deporte tanto en el ámbito, laboral, psicológico y/o sexual. Por supuesto, la conciencia de la existencia de esta lacra es anterior a este documental, siendo muestra de ello la existencia desde 2014 de un protocolo del COE que muchas federaciones han adoptado.
Previamente, el COI ya en 2007 hizo una declaración sobre acoso y abuso sexual en el deporte así como también ha publicado una “caja de herramientas” en 2018. También la FIFA publicó el año pasado un muy completo protocolo para abordar este problema desde las federaciones nacionales, el “FIFA Guardians toolkit”. Ahora bien, que el Director General reclame “avanzar” en esos protocolos no puede ser sino señal de la falta de eficacia de las medidas que se han adoptado hasta el momento.
Y es que, ciertamente, la atención a este problema “invisible” ha sido escasa, debido probablemente a que como ocurre en otros contextos similares al deportivo, se dan circunstancias que poco hacen temer que se produzcan esos comportamientos detestables. En efecto, el deporte es un ámbito relativamente opaco, con estructuras jerárquicas muy marcadas, y que además goza de una pátina de entorno saludable, tanto desde el punto de vista físico como ético.
Sin embargo, precisamente por la conjunción de esas circunstancias se generan tres consecuencias perturbadoras: 1) es más fácil la comisión de abusos, acosos y violencias en sus distintas formas; 2) es más probable que permanezcan invisibles; 3) se generan incentivos para que las estructuras deportivas traten de impedir que dichos episodios salgan a la luz, puesto que supondrían un serio revés para su propia reputación.
Por todo ello, parece incuestionable y urgente abordar de manera integral todos los factores que suponen un daño a la integridad física y moral de los deportistas. No parece suficiente con protocolos que muchas veces ofrecen un tratamiento reactivo y parcial o que carecen de fuerza sancionatoria efectiva.
Valga como muestra la lacónica referencia que hace el Anteproyecto de Ley del Deporte a que “las federaciones deportivas españolas deberán contar con un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos y acoso por razón de sexo y/o autoridad en el seno de aquellas y en el de las entidades deportivas integrantes de la propia federación” (Art. 4.6).
En lugar de protocolos (o junto a ellos), es preciso adoptar una ley que de forma global regule todas las aristas que presenta esta lacra. Al igual que se hizo en su momento con la violencia en el deporte, parece llegado el momento de liderar una iniciativa de similar calado donde se tomen en consideración las diferentes formas que adoptan los abusos, acosos o violencias que se ejercen sobre los deportistas, distinguiendo también según sean menores, mujeres u otros colectivos minoritarios.
Por otro lado, dicha norma debiera adoptar la perspectiva más global de los programas de cumplimiento, la efectiva incorporación en las organizaciones deportivas de una cultura ética, la implantación sanciones efectivas, medidas educativas e incentivadoras (nudges), exigencias de transparencia efectiva y de indicadores de logro de objetivos, de canales de denuncia, la previsión de prácticas restaurativas para algunas de las infracciones, así como recuperar instituciones previstas pero nunca implantadas como la del “Defensor del Deportista”, etc.
Un enfoque serio del problema que incluya la adopción de medidas omnicomprensivas y transversales parece la única alternativa para eliminar eficazmente la cultura de pasividad y silencio en la que se desarrollan los abusos sobre los deportistas.























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