
Como saben los lectores de IUSPORT, el Comité de Competición acordó esta semana incoar un expediente disciplinario extraordinario al Fuenlabrada, tras la denuncia del Deportivo, en relación al presunto incumplimiento del protocolo sanitario de LaLiga.
Ya hemos informado que Juan Antonio Landaberea había renunciado por "imposibilidad material de desarrollar temporalmente esas funciones".
Pues bien, según hemos sabido en IUSPORT, ya han designado a su sucesor: Ricardo Diaz Sánchez, del que sólo sabemos que es licenciado en derecho pero al que no se le conoce relación con el derecho deportivo.
Competición no puede sancionar al Fuenlabrada por el protocolo sanitario
Como ya hemos explicado en IUSPORT, Competición no tiene competencia respecto al cumplimiento del protocolo sanitario por parte del Fuenlabrada. Los competentes en el caso Fuenlabrada son el Juez de Disciplina de LaLiga y, en su caso, las administraciones públicas competentes en sanidad al tratarse de una cuestión de salud pública.
La actuación que se imputa al Fuenlabrada no se produce en el seno de la competición deportiva. Recuérdese que el partido contra el Dépor no llegó a iniciarse. Por consiguiente, no hay ninguna acción del Fuenlabrada que pueda subsumirse en infracción alguna del referido código de la RFEF.
Si el equipo madrileño ha incumplido el protocolo sanitario de LaLiga, estaríamos ante una cuestión interna de la asociación de clubes denominada Liga Nacional de Fútbol Profesional, pero no de orden competicional.
Es decir, el protocolo aprobado por LaLiga, como cualquier otro reglamento interno que apruebe, es de aplicación a sus miembros al margen de la competición, aunque algunos de ellos incidan también en esta. Y sus incumplimientos son enjuiciados por los órganos de disciplina interna de la propia patronal, no por los de la RFEF.



























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