
La secretaría general del Deporte de la Xunta de Galicia remitió el pasado 14 de mayo una circular a todas sus federaciones territoriales en las que les informaba que la Ley gallega daba cobertura suficiente para poder adoptar decisiones extraordinarias ante ls imposibilidad de concluir las competiciones.
En la citada circular, José Ramón Lete, expresidente del CSD y actual secretario general del Deporte de la Xunta, informó a las federaciones de dicha cobertura en virtud de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del Deporte de Galicia, cuyo el artículo 21.3 dice: "no podrán modificarse las normas de las competiciones durante su desarrollo, excepto causa de fuerza mayor debidamente justificada".
En base a ello, informó a las organizaciones federativas de lo siguiente:
Primero.- Las federaciones deportivas de Galicia adoptarán en sus asambleas las decisiones sobre sus respectivas competiciones deportivas oficiales afectadas por la situación de emergencia sanitaria causada por el CODIV-19, salvo que los estatutos establezcan otro procedimiento para la modificación de su calendario deportivo.
Segundo.- En aplicación del deber de comunicación establecido en el artículo 19, la resolución adoptada por la federación deportiva se comunicará a la Secretaría General para el Deporte dentro de los siete días de su adopción.
Tercero.- Según lo establecido en el artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 Marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y COVID-19, el órgano federativo con competencia para la toma de decisiones podrá reunirse por medio de videoconferencia.


























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