Código de Conducta y Código de Buen Gobierno: ¿hay jerarquía?

Acaba de publicarse el denominado Código de conducta para la ejemplaridad y la transparencia en la gestión del deporte.
Cualquier intento de aproximar un sector social a la ética y la transparencia es, sin duda, un intento loable digno de aplauso.
En el presente caso, también, aunque no deja de producir algunos elementos de confusión. El mundo del deporte, en especial las federaciones deportivas, asume para la participación en el proceso de subvenciones y como condición obligatoria la aceptación de un código ético (Código de Buen Gobierno) que opera como condición ineludible para la obtención y el disfrute de la subvención.
Si alguna de las federaciones se adhiere formalmente (ya lo han anunciado varias) al nuevo surgen, de pronto, dos niveles de ética: la ética subvencional y la ética de conducta.
Las diferencias en el plano de la exigencia y la intensidad son de tal magnitud que suscribir el nuevo sería un retroceso en la ejemplaridad que no podemos pensar que alguien lo haya pensado en estos términos. La buena fe que se presume a un órgano público en sus intereses y en sus acciones es incompatible con una formulación de este estilo.
Lo que es cierto es que se han introducido, ahora, dos niveles de ética que no son del todo compatibles y la pregunta es ¿qué aporta o que añade la nueva ética a la vieja ética?.
Pues, probablemente, una formulación más evanescente, más genérica, más proyectiva, más de deseos y menos de realidades.
El Código vigente es de mas rigor, de más intensidad, de más alcance, de mayor exigencia y, por tanto, más eficaz que el nuevo. La causa última de esta duplicidad no es fácil de adivinar y es de esperar que responda a un planteamiento lógico y sistemático que la aparten de la ocurrencia o de la mera conveniencia coyuntural que serían impropias en una institución pública que, además de la ética, debe velar también por el ajuste a la legalidad del conjunto de la actuación administrativa y del sector en el que se sitúa.
En este esquema, hay que indicar que, hoy, la transparencia es una exigencia legal, con un fuerte fundamento ético y de responsabilidad de las organizaciones pero, sobre todo, una exigencia legal, no un compromiso adquirido.
El nuevo código plantea un problema de diversificación del planteamiento ético en esquemas diversos; plantea, incluso, elementos de jerarquización de la ética en función del respectivo instrumento y lleva a los operadores a un esquema de eventual confusión que, ciertamente, se proyecta sobre su propia necesidad, oportunidad y conveniencia más allá de la solución o el complemento a los problemas del fútbol en el que nació y de donde, razonablemente, no debería salir.
























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