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Antonio Aguiar
Antonio Aguiar Viernes, 01 de Mayo de 2020

Qué instrumento escogerá el CSD para dar cobertura a las federaciones

Este viernes publicamos en IUSPORT que la presidenta del CSD, Irene Lozano, en una amplia entrevista con el diario ASha reconocido lo que venimos adelantando desde el 23 de abril: que el CSD está trabajando para darles cobertura a las federaciones a fin de que éstas tomen las decisiones que estimen más adecuadas a la hora de reanudar o cancelar las competiciones en esta grave crisis que nos azota.

 

A la pregunta del diario AS "Los deportes no profesionales con ligas han pedido un respaldo jurídico al CSD para poder cerrar sus competiciones sin meterse en líos. ¿Cuál es su idea?", Irene Lozano respondió:

 

"Trataremos de darles una solución respetando las competencias de las competiciones, que son las que toman las decisiones de organización, ascensos y descensos. En los próximos días podremos anunciar que les daremos una cobertura en términos administrativos"

 

Se trataría de aprobar un decreto-ley, un decreto o una orden ministerial que faculte a las federaciones para tomar el acuerdo que consideren más conveniente en función de las circunstancias excepcionales que padecemos por la crisis del COVID-19.

 

Dado que este acuerdo afecta al marco general de la competición, y que por tanto podría ser recurrido ante el CSD, las federaciones quieren una cobertura del Gobierno previa con la que evitar que prosperen eventuales impugnaciones ante el propio organismo.

 

Es decir, se trataría de una norma que, de forma excepcional, faculte a las federaciones deportivas para eludir sus propios reglamentos y bases de competición, aprobados antes de comenzar la temporada, y puedan tomar los acuerdos que en cada caso estimen pertinentes con las más amplias facultades.

 

Dicho esto, la pregunta lógica es cómo acometerá el CSD esta iniciativa.

 

A nuestro juicio, lo probable es que opten por la vía del Real Decreto-Ley, es decir, introducir un precepto en alguno de los próximos decretos leyes de medidas que el Gobierno tiene previsto promulgar.

 

Decimos esto porque un Real Decreto, que supondría una modificación puntual al decreto de federaciones de 1991, no disfruta del argumento de la "urgente necesidad" y ello obligaría a una larga tramitación que le haría perder virtualidad, pues se trata de afrontar el cierre de la actual temporada en las competiciones no profesionales de todas las federaciones.

 

Pero hay una segunda razón por la cual el CSD optaría por un Real Decreto-Ley: el rango. No es lo mismo un Real Decreto, que podría ser impugnado directamente (o incluso de forma indirecta al aplicarse posteriormente), que una norma con rango de ley, que sólo es recurrible ante Tribunal Constitucional y por determinados agentes (50 diputados o senadores, …).

 

Finalmente, una orden ministerial no parece que tenga rango suficiente para llevar a cabo la habilitación que se pretende y estaría expuesta a ser impugnada con más motivo aún que un real decreto.

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