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EDITORIAL DE IUSPORT
EDITORIAL DE IUSPORT Martes, 17 de Marzo de 2020

Acertada y necesaria circular de la RFEF sobre suspensión de los procedimientos

Ramón Fuentes adelantó este martes en IUSPORT la circular emitida por la RFEF, con la firma de su Secretario General Andreu Camps, sobre suspensión de los procedimientos disciplinarios a raíz de declararse el estado de alarma.

 

Se trata a nuestro juicio de una circular acertada y necesaria. Acertada, pues favorece a la seguridad jurídica y beneficia a los agentes deportivos inmersos en procedimientos disciplinarios, que no se verán perjudicados por este periodo de parálisis en todos los órdenes debido a la grave crisis sanitaria.

 

Y necesaria, porque al no tratarse de una entidad perteneciente al sector público, no era aplicable de forma automática la previsión contenida en la Disposición adicional tercera del Real Decreto de declaración del estado de alarma.

 

Dicha disposición establece que "se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo".

 

La propia circular recuerda, acertadamente, que "Es necesario recordar que los procedimientos federativos no tienen la naturaleza jurídica de actos administrativos –las Federaciones no son Administración Pública-, ni las federaciones están en el ámbito subjetivo de la Ley 39/2015, ni son entidades del sector público".

 

"Ello no obstante, esta RFEF entiende que en estas circunstancias excepcionales resulta conveniente paralizar los plazos fijados para los procedimientos disciplinario-deportivos y de presentación de la documentación tanto para la validación u obtención de la Licencia UEFA como para los procedimientos ante la segunda instancia en vía apelación".

 

Y concluye: "Por esta razón se acuerda que quedan suspendidos todos los términos e interrumpidos los plazos de los procedimientos disciplinario deportivos, los de validación de la Licencia UEFA y los que correspondan ante la segunda instancia de licencia UEFA".

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