
Partiendo de la idea de que la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) es una estrategia voluntaria, que no obliga, si bien, es un instrumento activo que genera o reporta una serie de beneficios a la Corporación y también a la Sociedad donde desarrolla su actividad.
Es importante tener en cuenta que la Corporación, según la teoría Stakeholder o grupo de interés es un gran salto en la idea de la gobernanza en el sentido de que la Corporación no sólo tiene que reportar beneficios a sus socios/accionista o asociados, sino que va más allá y adquiere un compromiso con esos grupos de interés.
Por no ser muy extenso resumiremos que los grupos de interés básicamente son internos (accionistas/socios, trabajadores, …) y externos: medios de comunicación, ONGs, …). Todo ello nos hace, por un lado, mejorar como Corporación en el cumplimiento de nuestras obligaciones laborales, económicas, de impuestos, pero también desde el punto del medio ambiente (reciclando el agua de los campos de juego, por ejemplo, implantando energías renovables, etc), fomentando el respeto y la educación a los niños en escuelas deportivas, fomentar la participación en la organización y en el deporte de la mujer, etc.
¿Pero a quién debemos dirigirnos para buscar respuestas a todas estas cuestiones?. Es evidente que al Estado nacional no, pues nuestros grupos de interés van más allá de nuestras fronteras (ejemplo el fútbol, baloncesto, tenis, etc. Qué niño del mundo no conoce a Messi, Ronaldo o Rafa Nadal, por citar tres personajes extraordinarios y que son ejemplo para ellos); deberemos fijarnos en quien representa a prácticamente todas las naciones del mundo, me refiero a Naciones Unidas (UN). UN publicó dos documentos: su Agenda 2030 con una serie de fines a cumplir a esa fecha que abarcan desde la lucha contra la pobreza, la trata de personas y mujeres, la realización de infraestructuras, cultura y trabajo, etc. Y, el Global Compact con 10 principios relacionados con los derechos humanos, laborales, medioambientales y de anticorrupción.
El mejor ejemplo de modelo de RSC es el que publicó el Comité Olímpico Internacional (ICO) en su Agenda 2020.
La RSC siempre UN la ha relacionado con la SOSTENIBILIDAD, es más, la RSC es para UN lo mismo que Sostenibilidad, porque el cumplimiento de estos principios hace sostenible en el tiempo a la Corporación.
Todo ello desde los tres principios/valores básicos: Viabilidad económica de la Empresa, que sea responsable con el medioambiente y con la sociedad; que sea transparente en sus cuentas, que presente un informe de respeto medioambiental y que tenga normas de buena gobernanza. Es lo que se conoce como triple cuenta de resultados.
Y se preguntarán, que si esto, como Empresa/ Asociación Deportiva me reporta otros beneficios. Evidentemente no sólo le reporta a la Corporación mejores beneficios porque hace reforzar su marca y porque los grupos de interés la verán como ejemplarizante lo que le hará mejorar sus beneficios económicos y la hará sostenible en el tiempo.
Si puede parecer complicado el diseño e implantación del manual, seguramente su empresa o sociedad deportiva ya tendrá gran parte de estas cuestiones dentro de ella y usted no lo sepa: seguramente y dependiendo del tamaño de la Corporación, tendrá responsable de recursos humanos, marketing, de medios, etc. No obstante, hay empresas especializadas que le podrán diseñar e implantar el modelo de RSC adaptado a su Compañía.
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Francisco Javier Soto Orte.
Abogado
Derecho Deportivo.


























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