Las elecciones a la RFEF ya no serán el 22 de abril
Villar convoca junta directiva para el lunes 22 con el fin de abordar la final de Copa. Esto supone que el proceso electoral se paraliza en la Federación Española de Fútbol y que se retrasa la fecha de convocatoria, prevista para el 19 de febrero, y, por lógica, la de celebración, señalada para el 22 de abril. Como Federación no olímpica tiene de plazo hasta el 30 de junio para una nueva celebración de elecciones
En la tarde de hoy hemos conocido que Ángel María Villar ha convocado una Junta Directiva de la Federación Española de Fútbol. La citación responde con motivo de la celebración de la final de Copa del próximo 21 de mayo. Pero lejos de este aspecto puntual, esta convocatoria implica que la propuesta electoral que supuestamente empezaba mañana 19 de febrero y que suponía la celebración el próximo 22 de abril queda congelado. Es decir ya no hay fecha para la celebración de elecciones para la Federación Española de Fútbol.
La explicación es bien sencilla. En condiciones normales y conforme estaba diseñado el calendario electoral aprobado en la Junta del pasado 19 de enero y posteriormente en Comisión Delegada, mañana arrancaba oficialmente el proceso electoral, dentro del cual ya no se puede convocar ninguna Junta Directiva dado que las funciones las asume la Junta Gestora nombrada y decidida en la Comisión Delegada de ese día 19 de enero.
Al haber convocado esta nueva Junta directamente supone que el proceso electoral no está vigente, quedando aplazado sin conocimiento de la nueva fecha la convocatoria de elecciones prevista para el citado 22 de abril.
Asistimos entonces a escenario totalmente nuevo y donde lo primero, y más importante, es saber que se tratará en la reunión del próximo lunes en la Ciudad del Fútbol de las Rozas.
Porque en esa Junta el propio Ángel María Villar podría convocar a la Asamblea para que, según el informe del TAD sobre el reglamento federativo, sea quien tenga que aprobar la reducción de la Asamblea de los 180 miembros actuales a los 140 que la Federación presentó en su propuesta de reglamento enviado al Consejo Superior de Deportes. Además de este asunto del número de miembros, también debería modificar la propuesta de la moción de censura que no se ajusta a lo que recoge la Orden Ministerial que regula los procesos electorales de las Federaciones deportivas.
Pero lejos de conocer estos aspectos importantes y muy técnicos del reglamento electoral y que van a ser claves en el nuevo proceso electorl, la cuestión es que ahora nos encontramos en una situación totalmente nueva. Prácticamente partimos de cero. Porque Angel María Villar, en su condición de presidente y máxima autoridad de la FEF, mantiene todas sus funciones vigentes y no, como en principio estaba previsto, que estas pasaran a manos de la Junta gestora desde mañana mismo.
Lo primero que conviene saber es que, de momento, esta convocatoria de Junta no está acompañada de la celebración posteriormente de una Comisión delegada, como si sucedió el pasado 19 de enero. Es decir que ese día no parece que vaya a adoptarse medida alguna respecto a este reglamento electoral que es clave para poder arrancar todo el proceso electoral.
Si conviene decir en descargo de Angel María Villar que el hecho de no hacerse efectivo este primer diseño de calendario no afecta ni supone incumplimiento alguno. Como Federación Deportiva no olímpica tiene de plazo hasta el 30 de junio como fecha límite para la celebración efectiva de las elecciones. Luego, en el peor de los escenarios posibles, la Federación de Fútbol tendría hasta el 20 de marzo para colgar en su página web la nueva propuesta de reglamento electoral para que todos los miembros de la Asamblea realizaran las pertinentes alegaciones, tal y como ya hiciera el pasado 7 de enero. Alegaciones que debn realizar en un plazo de diez días. Pasado este tiempo este reglamento debería ser ratificado por la Comisión Delegada para ser remitido de nuevo al Consejo Superior de Deportes el 30 de marzo del 2016. Es decir, y tal como establece la ley y como ya hicieron el pasado 19 de enero, debe remitirse justo un mes antes del inicio del proceso electoral. Proceso que, en condiciones normales debería arrancar oficialmente el 30 de abril, celebrándose las elecciones dentro del plazo de los dos meses siguientes y siempre antes de la fecha del 30 junio, la última permitida por la propia Orden Ministerial al tratarse de una federación que no acudirá a los Juegos de Río.
Estamos pues ante un nuevo capítulo de todo el proceso electoral y, de forma paralela, pendientes de la decisión del TAD acerca de la solicitud de incoar expediente a Angel María Villar y Juan Padrón, vicepresidente económico, por los casos del Recreativo y San Marino. Si bien mañana es cuando se reúne el propio Tribunal Administrativo, todo indica que será el día 26 cuando se le abra expediente. Circunstancia esta que no implica en ningún caso que se vaya a imponer inhabilitación alguna para el presidente de la Federación Española de Fútbol mientras dure el dicho procedimiento extraordinario. No será el TAD, porque de hecho tampoco se lo ha solicitado el CSD quien le inhabilite cautelarmente. Si bien el Secretario de Estado, Miguel Cardenal, está habilitado para ello en Comisión Directiva, una decisión así sería recurrible en la vía contencioso administrativa.
Y otra cosa también diferente será que sanciones pudiera imponer el TAD a Angel María Villar y Juan Padrón una vez concluya el procedimiento extraordinario. Pero, para eso, debemos esperar como mínimo cerca de 40 días.

















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